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lunes, 13 de agosto de 2012

Asamblea constituyente… el retorno del rey

Columnista José Jairo Jaramillo.

En 21 años que tiene nuestra constitución, esta ha sufrido 29 reformas, por parte del congreso de la república, en contraposición, y solo por citar un ejemplo para ubicar al lector de esta columna, la constitución de estados unidos ha tenido 27 reformas en 224 años. Lo anterior es solo un muestra de cómo la carta política colombiana, es reformada al vaivén de las necesidades de una clase política que no tiene reparos en modificar la ley de leyes cada vez que esta es contraria a sus propios intereses, lo cual refleja la debilidad institucional de la nación.

Matador-Santos y GarzónEn los últimos meses, el país ha presenciado uno de los debates más acalorados en los últimos tiempos, la mal llamada reforma a la justicia (justicia si…pero para los congresistas). A través de este proyecto se pretendía reformar la constitución para hacer mas rápido los procesos judiciales (todos sabemos en qué termino esto, la reforma se cayó como consecuencia de la indignación ciudadana). ¿Ahora en que estamos? Dado que el congreso de la república no ha podido por falta de consenso entre los diferentes partidos que lo componen, sacar avante una reforma del sistema judicial que lo haga más eficaz y cercano al ciudadano…se le propone al pueblo que la única salida a la “grave crisis de la justicia” es convocar a una asamblea nacional constituyente. (La magnitud e importancia de una asamblea como esta es tal que la anterior a la de 1991 que dio vida a la actual constitución nacional fue en 1886).

En palabras de la ex presidente de la sala disciplinarían del consejo superior de la judicatura Julia Emma Garzón, los problemas de la rama judicial se deben a que: “Necesitamos más presupuesto, más personal” el problema de fondo es administrativo y de recursos… NO constitucional, como el país político nos lo quiere hacer ver a la sociedad civil.

¿Que se pretende con la convocatoria a una asamblea nacional constituyente?

Cuando la corte constitucional en sentencia C-141/10, prohibió una tercera posibilidad de reelección del presidente Álvaro Uribe Vélez, manifestó que la única manera de aprobar una modificación a la constitución para que cualquier presidente aspire a un tercer mandato consecutivo es a través de una asamblea nacional constituyente, pues otra reelección modifica de tal forma el equilibrio de poderes y la esencia de la carta de 1991, que configura una SUSTITUCION de la constitución y NO una mera reforma, es por eso que ni el congreso ni el pueblo a través de referendo pueden aprobar constitucionalmente una modificación a la carta que permita la tercera elección consecutiva del jefe del estado. Pues solo tienen PODER DE REFORMA, Y NO DE SUSTITUCION…detrás de la propuesta de asamblea constituyente hay claras intenciones políticas, de abrirle la puerta a otra elección de Álvaro Uribe, ¿dejara el presidente Juan Manuel santos meterse semejante golazo del Uribismo?

martes, 8 de marzo de 2011

Movimiento Machista en Colombia

Columnista A.oflodA.

Artículo 40 de la Constitución Política de Colombia de 1991: Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Para hacer efectivo este derecho puede:

  1. Elegir y ser elegido.
  2. Tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de participación democrática.
  3. Constituir partidos, movimientos y agrupaciones políticas sin limitación alguna; formar parte de ellos libremente y difundir sus ideas y programas.

Ahora ¿qué les parece el siguiente video?


martes, 16 de noviembre de 2010

Constitución de 1991: Norma de normas

Columnista Adolfo A. Abadía.

Éste video hace parte de unos casos estudiados para la clase de "Representación Política y Sistemas de Representación" de la Universidad ICESI dirigida por el profesor Orlando J. Trujillo. El tema de éste video fue "la Constituyente". En él se deberá poder evaluar (1) la representación política en (2) contextos particulares, con (3) actores e instituciones determinadas.

La originalidad en el diseño de la propuesta constituye un factor muy importante en términos de la evaluación y además debe considerar, durante la preparación de la exposición, la siguiente matriz metodológicos:
1. Contexto histórico.
2. Marco conceptual.
3. Identificación de los actores relevantes y sus posturas.
4. Identificación de las estructuras organizativas y de representación.
5. La relación del actor/institución con el sistema político.
6. La relación del actor/institución con la agenda internacional.
7. Organización de las fuentes consultadas (Bibliografía, entrevistas, etc).






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