domingo, 15 de julio de 2012

Transformación en el discurso político, 1809-1810

Columnista Adolfo A. Abadía.

Parafraseando la definición del concepto Título de la versión virtual del diccionario oficial de la Real Academia Española (RAE), se define este término, entre otras formas, como la palabra o frase distintiva que da a conocer el asunto en cuestión, es decir, la causa y razón de una obra o escrito, así como de sus partes. En otras palabras, en los títulos encontramos, habitualmente, la imagen general de la cuestión a tratar y la misma puede quedar, explicita o implícitamente, en manifiesto.

En este sentido, una forma de comparación puede surgir partir de la interpretación de los títulos de los artículos. Éstos permiten una aproximación a los argumentos globales de las motivaciones contextuales y, en cierto modo, permite inferir cierta inclinación hacia el tono que el escritor asume en cada artículo para referirse, en este caso, a la situación en el que se encuentra la relación del Nuevo Reino de Granada con el antiguo Gobierno.

En este escrito se realizará un ejercicio de desglosar y rastrear las palabras claves manifiestas desde los títulos en cada uno de los dos artículos. A razón de lo anterior se definirán las palabras claves para tener en cuenta en cada artículo. Para el 1er artículo éstas son: representación, cabildo, suprema junta central de España; para el 2do artículo: soberanía, autoridades del antiguo gobierno, suprema junta, consejo de regencia.

Tabla 1: Comparación a partir de la interpretación de los títulos
Artículo 1 Artículo 2

Título

Representación, del cabildo de Bogotá capital del Nuevo Reino de Granada a la Suprema Junta Central de España en el año de 1809.

Motivos que han obligado al Nuevo Reino de Granada a reasumir los derechos de la soberanía, remover las Autoridades del antiguo Gobierno e instalar una Suprema Junta bajo la sola dominación y en nombre de nuestro Soberano Fernando VII y con independencia del Consejo de Regencia y de cualquiera otra representación.

Argumento global

Gira entorno a la relación de representación.

Gira entorno a la explicación de los motivos que han obligado a remover las Autoridades del antiguo Gobierno y a la instauración de una Suprema Junta con independencia del Consejo de Regencia.

Procedencia

Cabildo de Bogotá capital del Nuevo Reino de Granada.

Suprema Junta del Nuevo Reino de Granada.

Destinatario

Suprema Junta Central de España.

Población del Nuevo Reino de Granada, Americanos, mundo.

Palabras claves

Representación, Suprema Junta Central de España, Cabildo.

Soberanía, Autoridades del antiguo Gobierno, Suprema Junta, Consejo de Regencia.

Año

1809

1810

Autor(es)

Camilo Torres Tenorio

Frutos Joaquín Gutiérrez y Camilo Torres Tenorio



Fuente: elaboración propia.

Una primera diferencia radica, como podemos ver en la tabla 1, en el argumento global de cada artículo. En el artículo 1 podemos inferir que existen relaciones políticas de representación entre el cabildo de Bogotá como capital del Nuevo Reino de Granada y la Suprema Junta Centra de España. Efectivamente, el autor desarrolla durante todo el texto la idea de que existe una desigualdad en términos de representación política entre las Américas y España, y este desbalance se queda en manifiesto en el número de representantes de las America respecto al número de representantes de España en la Suprema Junta Central. Si bien este punto genera descontento en el autor, tanto así que lo motiva a escribir este artículo, su tono discursivo es muy conciliador y se cuida de usar argumentos que puedan ser motivo de discordia. De inicio a fin del artículo, el autor procura de usar los argumentos adecuando para sustentar su posición frente al problema de desigualdad de representación. Además, hace uso de ejemplos para apoyar sus argumentos, lo que deja en manifiesto la pericia del autor para lograr un discurso que pone en evidencia el ejercicio concienzudo de un razonamiento científico a la par de sus homólogos en Europa, particularmente, en España; de esta forma el autor pretendió dar fortaleza a su tesis principal que se resaltar del testo en la siguiente cita:

America y España, son dos partes integrantes y constituyentes de la monarquía española, y bajo este principio, y el de sus mutuos y comunes interésese, jamás podrá haber un amor sincero y fraterno, sino sobre la reciprocidad e igualdad de derecho.

En el artículo 2 podemos advertir un cambio en el tono pero una continuación del recurso discursivo científico en tanto al uso de ciertos términos que implican un alto grado de razonamiento de lo social y político como lo es el concepto de Soberanía. Este artículo contiene un tono acusativo, despreciativo y, en cierta forma hasta, agresivo frente a las Autoridades del antiguo Gobierno y el Consejo de Regencia. Esto deja en claro que las relaciones entre las Américas, específicamente del Nuevo Reino de Granada, y España han vivido una transformación rotunda de tal modo que si antes se pretendía llegar a un acuerdo para equilibrar la balanza de la representación política, ahora no se intenta ni siquiera mostrar interés por participar en un cuerpo político que permita formas de representación entre las Américas y España. Lo expuesto anteriormente se vislumbra en las siguientes citas:

Se hace en España la creación de Juntas Provinciales, y se priva de este derecho a las Américas. Se proclama allí la confraternidad de los Americanos y su igualdad con los Europeos, la identidad del uno con el otro hemisferios, pero ésta proclama es dolosa, y destinada a deslumbrar a la America, y jamás llega el caso de que esta goce de una representación activa.

La America es parte integrante de la Nación, conforme a lo que dijo la junta Central; la Junta centra se disuelve y el Consejo de Regencia se instala sin el consentimiento y sin el voto de los Pueblos americanos. ¡Qué tejido de falsedades y contradicciones!

Finalmente, otra distinción presente en los artículos es su carácter en tanto a su pretensión en relación a la población objeto de los mismos. En este sentido, en el artículo 1 queda claro que se pretende una concertación entre el Cabildo de Bogotá capital en representación del Nuevo Reino de Granada y la Suprema Junta Central de España, luego su carácter es más argumentativo que propone llegar a un acuerdo de conveniencia mutua debido a que esta siendo quebrantado el principio de igualdad entre España y las Américas en cuestiones como la representación política. Algo muy diferente sucede en el artículo 2. Aquí lo que se pretende es justificar un nuevo discurso político que legitime el divorcio entre las Américas y España. Por eso este artículo dirige se hacia un público mayor: la población del Nuevo Reino de Granada, a los Americanos, al Mundo, con esto se pretende encontrar apoyo a lo declarado como el propósito del interés general de una nación soberana que empieza a gestarse.

martes, 3 de julio de 2012

Legislando a la medida

Columnista José Jairo Jaramillo.

La movilización ciudadana respecto a la reforma a la justicia, responde a la indignación que ha generado en las mayorías nacionales el papel de los congresistas y del gobierno nacional en el proceso de aprobación del acto legislativo que reforma la justicia en Colombia. En 2011 el gobierno nacional le presento al congreso colombiano un proyecto de reforma a la constitución para “hacer más eficaz la administración de justicia, descongestionando los despachos judiciales”.

Matador-Reforma a la justiciaMas el congreso dentro de su autonomía puede, a través de los ocho debates que requiere todo acto legislativo para ser aprobado, hacer modificaciones al proyecto inicial, fue durante este trámite que en ambas cámaras parlamentarias, el senado y la cámara de representantes, fueron incluyendo aspectos que más tenían que ver en la forma como se les juzga a ellos como congresistas en vez de buscar alternativas viables para hacer de la justicia un servicio más pronto y oportuno. Fue así como a través de la acción del congreso y la omisión del gobierno se introdujeron aspectos como:

  • Quien denuncie a un congresista debe hacer pública su identidad (no se permiten denuncias anónimas) cabría la pregunta ¿denunciaría usted a un congresista por corrupción o vínculos con grupos al margen de la ley a sabiendas de que van a hacer pública su identidad?

  • La fiscalía pierde la facultad de investigar a algunos aforados como: embajadores, gobernadores, ministros, generales, entre otros. Estas competencias pasarían a un nuevo tribunal (que aún no existe) por lo que en la práctica aquellos aforados que actualmente están siendo investigados solicitarían su libertad temporal y sus juicios volverían a comenzar ¿Qué opina usted de que Andrés Felipe Arias salga libre después del escándalo de agro ingreso seguro o Bernardo Moreno después de las chuzadas del DAS?

  • Relativizaron las causales de pérdida de investidura (ejemplos de causales: tráfico de influencias, indebida destinación de dineros públicos, inasistir en un periodo a seis sesiones del congreso, etc.) cualquiera de ellas genera la pérdida del puesto en el congreso, esta “reforma a la justicia” es mucho mas bondadosa con los parlamentarios puesto que contempla: que incurrir en una de esas causales ya no necesariamente genera perder la calidad de congresista, puede dar lugar a una sanción, como la suspensión temporal (depende de la gravedad) que para el caso del senador Eduardo Merlano, famoso por haberse negado a practicar una prueba de alcoholemia por parte de la policía de barranquilla y por intimidar a los agentes del orden amenazándolos con poner la queja ante su superior valiéndose de su cargo como senador (causal de pérdida de investidura por tráfico de influencias) ya no necesariamente, en caso de entrar en vigencia la reforma, va a perder su curul, podría ser solamente suspendido dos o cuatro semanas.

Matador-Reforma a la justicia

(Estos son sólo algunos de los Micos…)

La indignación ciudadana está totalmente justificada, pues es aberrante ver como parte de la clase política se vale de su poder y posición para beneficiarse. Por eso debemos apoya el referendo. Éste nos debería consultar sobre una posible revocatoria al congreso y sobre la derogatoria del acto legislativo 01 de 2011 que establece: “en lo referido al régimen de conflicto de intereses no tendrá aplicación cuando congresistas participen en el debate y votación de proyectos de acto legislativos”. La existencia de este acto legislativo permitió que treinta congresistas en ejercicio actualmente investigados por la procuraduría y la corte suprema de justicia pudieran votar a favor de la reforma (ver), como quien dice fueron a la vez juez y parte… pusieron al ratón a cuidar el queso. En palabras de Cecilia Orozco (periodista): “la posibilidad de que los congresistas modifiquen la forma como a ellos se los investiga y juzga equivale a que un asesino pueda definir las reglas con que los juzgaran”.

Nos debemos seguir organizando para recoger firmas pero no contra la reforma a la justicia porque al no estar promulgada ni publicada jurídicamente no existe y no se puede derogar a través de referendo una reforma inexistente. Por eso digo SI a la consulta ciudadana, como una manera de decirle a los poderes públicos que ellos no pueden hacer lo que se les dé la gana, que hay una población y una democracia que se hacen respetar.

Reflexión: porque nuestra clase política pretende solucionar problemas nacionales, en este caso puntual: la congestión judicial a través de reformas a nuestra carta política ¿no bastaría una ley estatutaria? Reformar la constitución es un asunto de alto calibre pues es ella la que define la distribución de los poderes y competencias de las ramas del poder público ¿alguien duda acaso que a través de esta reforma lo que pretendía hacer el congreso en gran parte era blindarse del poder judicial, en otras palabras modificar facultades de la rama jurisdiccional respecto al poder legislativo?

domingo, 1 de julio de 2012

Victoria Berta

Victoria Berta

Ocupación:
Estudiante avanzado de la Licenciatura en Historia de la UNS (Bahía Blanca, Argentina), orientación Relaciones Internacionales; trabajo de “hippie” a medio tiempo.
Me gusta…
Conocer otras realidades para descubrir que no sabemos casi nada, viajar, bailar murga y aportar mi granito de arena a todas aquellas personas que consideren que puedo ayudarlos.

No me gusta…

Los discursos armados ni las personas que se afilian a los partidos políticos con el simple objetivo de obtener beneficios económicos. Aborrezco la violencia de género y la trata de blancas.

Cita favorita:

“Instrúyanse, porque necesitaremos toda nuestra inteligencia. Conmuévanse, porque necesitaremos todo nuestro entusiasmo. Organícense, porque necesitaremos de toda nuestra fuerza”

Antonio Gramsci

Websites favoritos: YouTube www.youtube.com
Centro Argentino de Estudios Internacionales www.caei.com.ar
Observatorio Malvinense: www.observatoriomalvinense.zoomblog.com
The Falkland Island Government: www.falklands.gov.fk
El Malvinense: www.malvinense.com.ar

Música:

Kevin Johansen, The Beatles, Lisandro Aristimuño, Jorge Drexler, Soda Stereo, Gustavo Cerati y Damas Gratis.

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